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Asesinato en La Boca: Piden cárcel común para el condenado

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Piden «cárcel común» para el condenado por asesinar a dos mujeres en una plaza en el barrio porteño de La Boca. Se relaciona con Mariano Alejandro Bonetto, quien asesinó a cuchilladas a Nuria Couto y Natalia Grenbenshicova en el año dos mil dieciséis, y que se encontraba cumpliendo su pena en la cárcel pero el dos de junio fue derivado al hospital neuropsiquiátrico Borda.

En la jornada de ayer por la mañana, familiares, amigos y entidades feministas se hicieron presentes en el Palacio de Tribunales a efectos de solicitar que Mariano Alejandro Bonetto, declarado culpable de los asesinatos, cumpla su condena en una celda común, dado que el anterior dos de junio fue trasladado al nosocomio neuropsiquiátrico Borda.

Bonetto fue condenado por el asesinato de Nuria Couto, de dieciocho años, y Natalia Grenbenshicova de quince. El hecho tuvo lugar en el año dos mil dieciséis en una plaza del barrio porteño de La Boca mientras las jóvenes festejaban un cumpleaños. El veterinario, oriundo de Córdoba, tiene que cumplir una pena de prisión perpetua por el doble crimen pero hace muy poco fue declarado inimputable por una sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación y enviado a un hospital neuropsiquiátrico.

«Pedimos que vuelva a la cárcel. La decisión nos tomó de sorpresa porque lo hicieron a escondidas ya que no nos dejaron participar de la audiencia», expresó a Télam Anna Rodionova, progenitora de Natalia.

El anterior dos de junio, los jueces Héctor Magariños y Alberto Huarte Petite anularon la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal -TOC- veintidós del trece de septiembre de dos mil dieciocho cuando lo condenaron a la pena más alta. De esta forma, Bonetto pasó a estar a disposición del Juzgado Civil número veinticinco, que dispuso que sea derivado al hospital Borda.

En su sentencia, Magariños destacó que «el informe elaborado por la junta médica integrada por profesionales del Cuerpo Médico Forense, de la defensa y de las partes querellantes» que, por «unanimidad», finalizó que la afección soportada por el acusado era un cuadro psicótico compatible con síndrome delirante crónico, el que se corresponde con una alteración morbosa por sus facultades mentales.

Conforme los especialistas, eso «le ha impedido en el momento del hecho comprender las características del acto y la dirección de sus acciones».

«El tribunal oral, en su fallo mayoritario optó, en lugar de realizar una valoración estrictamente jurídica, por inmiscuirse en un inidóneo intento de cuestionar, desde la perspectiva médico­psiquiátrica y psicológica, lo sostenido por los distintos profesionales especializados intervinientes en el caso», confirmó en su votación, al que adhirió su par Huarte Petite.

Por esta situación, Casación determinó que Bonetto «quede a disposición inmediata del juez civil al cual por orden de turno corresponda conocer, a fin de que teniendo en cuenta las consideraciones médicas obrantes en el proceso relativas a la existencia de un riesgo cierto e inminente tanto para él como para terceros, resuelva en punto al mantenimiento de la actual internación compulsiva, así como con relación al tratamiento terapéutico que deba serle suministrado».